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CAPÍTULO VII

Artículo 79

Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025

Es requisito indispensable para obtener el Permiso Previo de Circulación, contar con un seguro de responsabilidad civil para cubrir daños a terceros, vigente durante la duración del Permiso Previo de Circulación y con un monto fijado según el tipo de carga a transportar, que no será menor a B/.250,000.00; este seguro es adicional a los seguros de responsabilidad por daños a la propiedad ajena y lesiones corporales que se establecen para todos los vehículos en el presente Reglamento.

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