CAPÍTULO III
Artículo 42
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
Sin perjuicio de la sanción correspondiente, los vehículos que se encuentren
comprendidos en las prohibiciones establecidas en los incisos "d" o "e" del artículo anterior, serán
retirados de la vía por la autoridad competente siguiendo el procedimiento establecido en el artículo
11.
CAPÍTULO IV
DEL SISTEMA DE ILUMINACIÓN VEHICULAR
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