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CAPÍTULO III

Artículo 42

Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025

Sin perjuicio de la sanción correspondiente, los vehículos que se encuentren comprendidos en las prohibiciones establecidas en los incisos "d" o "e" del artículo anterior, serán retirados de la vía por la autoridad competente siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 11. CAPÍTULO IV DEL SISTEMA DE ILUMINACIÓN VEHICULAR

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