CAPÍTULO II
Artículo 216
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
Las citaciones que se hagan en el trámite de estos expedientes se sujetarán a lo
establecido en lo que a esta materia específicamente establece la Ley No.38 del 31 de julio del
2000, que regula el Procedimiento Administrativo General en todas las entidades públicas en
Panamá.
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