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CAPÍTULO II

Artículo 216

Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025

Las citaciones que se hagan en el trámite de estos expedientes se sujetarán a lo establecido en lo que a esta materia específicamente establece la Ley No.38 del 31 de julio del 2000, que regula el Procedimiento Administrativo General en todas las entidades públicas en Panamá.

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