CAPÍTULO I
Artículo 202
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
En las infracciones que son sancionadas con agravantes y reincidencias, los Jueces de
Tránsito dentro de su jurisdicción y el Director General de la Autoridad del Tránsito y Transporte
Terrestre, tendrán en cuenta la gravedad de la falta cometida y el historial del conductor para
imponer multas en orden ascendente.
La verificación del historial del conductor se realizará consultando los registros del sistema
informático de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.
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