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CAPÍTULO IV

Artículo 136

Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025

Prohibiciones al conductor de transporte público referente a los pasajeros: Permitir la estadía o el ingreso en el vehículo a aquellas personas cuyo comportamiento inconveniente perturbe a los demás pasajeros. a) Permitir el ingreso al vehículo de aquellos animales que puedan ocasionar molestias a los pasajeros. b) Permitir el consumo de tabaco, cigarrillos, bebidas alcohólicas o estupefacientes dentro del vehículo. c) Permitir lanzar objetos desde el interior del vehículo. d) Maltratar físicamente o de palabras a los pasajeros. e) Poner en peligro la vida y la integridad física de los pasajeros, peatones y otros conductores.

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