CAPÍTULO IV
Artículo 136
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
Prohibiciones al conductor de transporte público referente a los pasajeros: Permitir la
estadía o el ingreso en el vehículo a aquellas personas cuyo comportamiento inconveniente perturbe
a los demás pasajeros.
a) Permitir el ingreso al vehículo de aquellos animales que puedan ocasionar molestias a
los pasajeros.
b) Permitir el consumo de tabaco, cigarrillos, bebidas alcohólicas o estupefacientes dentro
del vehículo.
c) Permitir lanzar objetos desde el interior del vehículo.
d) Maltratar físicamente o de palabras a los pasajeros.
e) Poner en peligro la vida y la integridad física de los pasajeros, peatones y otros
conductores.
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