CAPÍTULO I
Artículo 12
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
Prohibiciones en relación a los vehículos en general:
a) No portar equipo de seguridad, según lo dispuesto en el Artículo 7.
b) No tener condiciones adecuadas de seguridad, según lo dispuesto en el Artículo 8.
c) Utilizar señales acústicas especiales, excepto en los casos previstos en el Artículo 9.
d) Utilizar neumáticos que muestren menos de uno punto seis (1.6) milímetros de huella en
automóviles y camionetas y dos (2.0) milímetro de huella en autobuses y camiones o que
en la superficie se observen alambres, globos, rajaduras y desprendimientos del reencauche
(llantas Lisas).
e) Colocar accesorios en los rines a una distancia que sobresalga de los guardafangos del
vehículo.
f) La emisión de gases, ruidos o sonidos excesivos.
g) Derramar combustible o sustancias toxicas que afecten el ambiente en la vía pública.
h) Estar en mal estado mecánico o de carrocería (estado visible de deterioro).
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