CAPÍTULO III
Artículo 32
Ley 81 de 2019 (Proteccion de Datos Personales)
En una solicitud de transferencia de datos personales, mediante el uso de una red digital o de cualquier otro medio, deberá dejarse constancia de la individualización del requirente, el motivo del requerimiento, los datos requeridos, la notificación a los titulares, y el tiempo máximo de uso de los datos.
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