Matlock

CAPÍTULO II

Artículo 71

Ley 64 de 2012 (Derecho de Autor y Derechos Conexos)

Son lícitas sin autorización ni remuneración, siempre que se indique el nombre del autor y la fuente: La reproducción y distribución por la prensa, o la transmisión por cualquier medio, de artículos de actualidad sobre cuestiones económicas, sociales, artísticas, políticas o religiosas, publicados en medios de comunicación social, siempre que la reproducción o transmisión no hayan sido reservadas expresamente y sin perjuicio del derecho exclusivo del autor de reunir esos artículos en forma de colección. La difusión de informaciones relativas a acontecimientos de actualidad, por medios sonoros o audiovisuales, de breves fragmentos de imágenes o sonidos de las obras vistas u oídas en el curso de tales acontecimientos, en la medida justificada para los fines exclusivos de la información. La difusión por la prensa o la transmisión por cualquier medio, a título de información de actualidad, de los discursos, disertaciones, alocuciones, sermones y otras obras de carácter similar pronunciados en público, así como de los discursos pronunciados durante actuaciones judiciales, cuando se justifiquen los fines de información que se persigan y sin perjuicio del derecho que conservan los autores de las obras difundidas para publicarlas individualmente o en forma de colección.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.