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Sección 6a Etapa de Constitución de la Adopción

Artículo 71

Ley 61 de 2008 (Ley General de Adopciones)

Trámite de segunda instancia. Una vez ingresado el expediente al Tribunal de Alzada, el Magistrado Ponente deberá elaborar el proyecto de sentencia dentro de los quince días siguientes a la adjudicación de este, y el resto de los magistrados tendrán el término de cinco días para hacer sus observaciones. En ningún caso, el proceso de segunda instancia deberá exceder el término de cuarenta y cinco días, contado desde el ingreso del negocio al Tribunal ad quem.

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