Artículo 40
Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)
. Requisitos para ser director general y subdirector general. El cargo de director general y subdirector general de la Caja de Seguro Social exige responsabilidad, conocimiento y capacidad para el adecuado desarrollo de las atribuciones y responsabilidades encomendadas.
Para ocupar el cargo de director general y subdirector general, se requiere: 1. Ser de nacionalidad panameña. 2. Hallarse en pleno goce de sus derechos civiles y políticos, acreditado mediante
certificación del Tribunal Electoral. 3. Ser mayor de treinta y cinco años de edad. 4. Poseer título universitario, con al menos una especialización, y con experiencia
comprobada de, por lo menos, diez años en alguna de las siguientes disciplinas: administración pública o de empresas, derecho, economía, finanzas, inversiones, mercado de valores o cualquier otra que sea afín al tema de salud, pensiones o seguridad social. 5. No haber sido condenado por la comisión de delito doloso o estar reportado en listas restrictivas de carácter financiero según la normativa vigente. 6. No tener el director y subdirector general parentesco entre sí ni con el presidente y vicepresidente de la República, ministros y viceministros de Estado, diputados principales y suplentes de la Asamblea Nacional, hasta el cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad, lo cual deberá acreditarse mediante certificación expedida por el Tribunal Electoral. 7. Tener comprobada solvencia ética y moral. 8. No haber sido sancionado por la Caja de Seguro Social mediante resolución, debidamente ejecutoriada, por incumplimiento de cualquier norma relativa al ámbito de su competencia. 9. No haber sido declarado deudor dentro de un proceso concursal de insolvencia ni haber sido declarado penalmente responsable de fraude a sus acreedores. 10. No tener el control directo o indirecto, no ser propietario, beneficiario final, director, dignatario, accionista, representante legal, apoderado general o especial de una empresa proveedora de bienes y servicios, servicios médicos, medicamentos, otros productos para la salud humana, insumos de salud, dispositivos y equipos médicos de la Caja de Seguro Social en los últimos diez años anteriores a su designación. 11. Estar a paz y salvo con la Caja de Seguro Social. El director general y el subdirector general devengarán igual remuneración que los ministros y viceministros de Estado, respectivamente, y tendrán las mismas prerrogativas de estos. El director general y el subdirector general no podrán devengar o recibir salario de otra índole ni gestionar ante la Caja de Seguro Social, salvo los relativos a su calidad de asegurados.
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