Sección 3.ª
Artículo 168
Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)
. Salario base de la Pensión de Invalidez de los trabajadores bananeros. Para los trabajadores de las empresas bananeras y los productores independientes de banano, se calculará el salario base mensual de la Pensión de Invalidez considerando los diez mejores años de cotizaciones.
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