Sección 1.ª Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte
Artículo 152
Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)
. Componentes del Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria. El Sistema Único de Capitalización con Garantía Solidaria se sostiene a través del Fondo Único Solidario y estará integrado por los siguientes dos componentes: 1. Un Componente Solidario No Contributivo, que podrá asignar:
a. Una Pensión de Beneficio Mínimo, o 100
b. Una Pensión de Beneficio Solidario. 2. Un Componente Contributivo de Capitalización Solidaria, que reconocerá a los
asegurados una Pensión Garantizada Solidaria basada en el valor de las cotizaciones acumuladas desde su afiliación hasta la fecha de la solicitud de la prestación. A este valor se aplicará una tasa de rentabilidad que estará sujeta a las políticas de inversiones de las reservas del Fondo Único Solidario a cargo de la Caja de Seguro Social en los términos establecidos en la presente reforma. La Caja de Seguro Social sumará los ingresos de cada asegurado provenientes de más de un empleo que se desarrollen en forma simultánea, a los efectos de determinar la parte de sus ingresos que será alcanzada por el Componente Contributivo de Capitalización Solidaria, sin perjuicio de lo dispuesto para los trabajadores independientes en la presente reforma.
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