Sección 4.ª Prestaciones Económicas
Artículo 149
Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)
. Beneficios por lentes y prótesis dental. Los pensionados y jubilados a cargo del Estado, pensionados por vejez, invalidez e incapacidad permanente absoluta de Riesgos Profesionales, así como los pensionados por incapacidad permanente parcial de Riesgos Profesionales que no trabajen, tendrán derecho a solicitar lentes y prótesis dental, cuyo costo será pagado al solicitante en un 50 %. La Caja de Seguro Social dictará las normas reglamentarias para la aplicación de las disposiciones del presente artículo.
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