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Artículo 115

Ley 51 de 2005 (Organica de la Caja de Seguro Social, Texto Unico 2025)

. Gratuidad de las gestiones. Toda gestión o trámite ante la Caja de Seguro Social por parte de los empleadores y asegurados, con motivo de la aplicación de esta Ley y de los respectivos reglamentos, será de carácter gratuito. Las certificaciones que se soliciten ante el Registro Civil para optar por los derechos que reconoce el régimen del seguro social estarán exentas del pago de tributos.

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