Matlock

Artículo 126

Ley 45 de 2007 (Proteccion al Consumidor y Defensa de la Competencia)

Tribunal de apelación. Se crea el Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial, que estará integrado por tres magistrados. Este tribunal conocerá de las apelaciones en contra de las sentencias o los autos dictados en primera instancia por los juzgados de circuito, en las causas enumeradas en el artículo 124 de esta Ley. Las providencias serán firmadas por un solo magistrado, y las sentencias o los autos que pongan fin al proceso o entrañan su pretensión serán firmados por dos magistrados. En caso de discrepancia, dirimirá el tercer magistrado. Para la designación de magistrado se requerirá, además de los requisitos exigidos por el Código Judicial, experiencia mínima de tres años en Derecho Comercial.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.