Capitulo I: Ejercicio de la Profesion e Idoneidad (texto segun Ley 500 de 2025)
Artículo 3
Ley 350 de 2022 (Ejercicio de la Abogacia en Panama), texto consolidado con las modificaciones de la Ley 500 de 2025
La Facultad de Derecho y Ciencias Politicas de la Universidad de Panama sera la encargada de aplicar el examen profesional de acceso al ejercicio de la abogacia, conforme a un temario previamente establecido y aprobado en conjunto con las demas universidades del pais que cuenten con Facultad de Derecho y Ciencias Politicas.
La Universidad de Panama tendra un mes para establecer la fecha del examen, luego de recibir los documentos de cada aspirante al ejercicio de la abogacia.
Para su aprobacion, sera exigible un puntaje minimo previamente establecido.
En caso de que el aspirante no apruebe el examen, podra presentarse a las convocatorias siguientes. El examen no tendra costo alguno.
(Articulo modificado por el Articulo 2 de la Ley 500 de 24 de noviembre de 2025.)
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