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Capitulo II: Ejercicio Ilegal de la Abogacia

Artículo 11

Ley 350 de 2022 (Ejercicio de la Abogacia en Panama), texto consolidado con las modificaciones de la Ley 500 de 2025

Las infracciones por ejercicio ilegal de la abogacia de que tratan el articulo 8 se tramitaran conforme a las disposiciones del Capitulo IV del Titulo XI del Codigo Penal. Cualquier persona podra denunciar las infracciones que se cometan por razon del ejercicio ilegal de la abogacia.

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