Sección V
Artículo 60
Ley 32 de 1927 sobre Sociedades Anonimas
Si no fueren elegidos los directores en la fecha señalada al efecto, los
directores actuales continuarán en el desempeño de sus funciones hasta que se
hubieren elegido sus sucesores.
Publicado en internet por Legalinfo-Panama.com
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