Sección III
Artículo 37
Ley 32 de 1927 sobre Sociedades Anonimas
A los accionistas podrá pagárselas dividendos de las utilidades netas de la
compañía o del exceso de su activo sobre su pasivo, pero no de otra manera. La
compañía podrá declarar y pagar dividendos sobre la base de la cantidad actualmente
pagada por acciones que han sido parcialmente pagadas.
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