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CAPÍTULO XVIII LIQUIDACIÓN FORZOSA

Artículo 171

Decreto Ley 9 de 1998 (Regimen Bancario, Texto Unico 2008)

No aplicación de la legislación de valores. El fideicomiso a que se refiere el artículo 169 de este Decreto Ley, los certificados de participación negociables y la emisión de éstos, señalados en el artículo 170, no estarán sujetos a las disposiciones contenidas en el Decreto Ley 1 de 1999.

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