CAPÍTULO II
Artículo 69
Decreto Ejecutivo 13 de 2023 (Reglamenta Ley 204 de 2021, Pesca y Acuicultura)
Suspensión del carné de extractor y/o recolector de recursos pesqueros.
El ejercicio de los derechos emanados del carné de extractor y/o recolector se podrá suspender en el caso del inicio del procedimiento administrativo sancionatorio, si la Autoridad estima que existe mérito para continuar el proceso de conformidad con el artículo 137 de la Ley.
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