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TÍTULO VI

Artículo 124

Decreto Ejecutivo 13 de 2023 (Reglamenta Ley 204 de 2021, Pesca y Acuicultura)

Reemplazo de buques de arrastre. En caso de reemplazo de buques que utilicen arte de pesca de red de arrastre, el buque que lo reemplace deberá tener una potencia total instalada en el motor principal y auxiliar, igual o inferior del buque que reemplaza.

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