CAPÍTULO 1º
Artículo 49
Constitucion Politica de la Republica de Panama
El Estado reconoce y garantiza el derecho de toda persona a
obtener bienes y servicios de calidad, información veraz, clara y suficiente sobre
las características y el contenido de los bienes y servicios que adquiere; así como
a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.
La Ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos,
su educación y los procedimientos de defensa del consumidor y usuario, el
resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la
trasgresión de estos derechos.
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