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CAPÍTULO 2º

Artículo 223

Constitucion Politica de la Republica de Panama

Rigen respecto a los Agentes del Ministerio Público las mismas disposiciones que para los funcionarios judiciales establecen los artículos 205, 208, 210, 211, 212 y 216. Oficina de implementación del Sistema Penal AcusatorioConstitución Política de la República de Panamá

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