CAPÍTULO 2º
Artículo 223
Constitucion Politica de la Republica de Panama
Rigen respecto a los Agentes del Ministerio Público las mismas
disposiciones que para los funcionarios judiciales establecen los artículos 205,
208, 210, 211, 212 y 216.
Oficina de implementación del Sistema Penal AcusatorioConstitución Política de la República de Panamá
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