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Artículo 8

Codigo Sanitario (Ley 66 de 1947)

(sic) nal y Dirección General de Salud Pública y las funciones y atribuciones correspondientes, de acuerdo con los principios generales establecidos en este Código y en las leyes. El Director General de Salud Pública fijará la organización y funciones del resto de los servicios.

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