Artículo 8
Codigo Sanitario (Ley 66 de 1947)
(sic) nal y Dirección General de Salud Pública y las funciones y atribuciones
correspondientes, de acuerdo con los principios generales establecidos en este
Código y en las leyes. El Director General de Salud Pública fijará la organización y
funciones del resto de los servicios.
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