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Artículo 142

Codigo Sanitario (Ley 66 de 1947)

El tratamiento profiláctico realizado por las autoridades sanitarias, así como los análisis que efectúen los laboratorios de salud pública, serán gratuitos, salvo indicación contraria reservada especialmente para los casos en que los exámenes puedan favorecer intereses reservados, de preferencia comerciales. Capítulo Segundo Tuberculosis

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