Artículo 142
Codigo Sanitario (Ley 66 de 1947)
El tratamiento profiláctico realizado por las autoridades sanitarias, así como los
análisis que efectúen los laboratorios de salud pública, serán gratuitos, salvo
indicación contraria reservada especialmente para los casos en que los exámenes
puedan favorecer intereses reservados, de preferencia comerciales.
Capítulo Segundo
Tuberculosis
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