Artículo 258
Codigo de Recursos Minerales
Las solicitudes para la aprobación de diferencias en la fijación de precios y el otorgamiento de lo
solicitado serán consideradas como secretas y los documentos pertinentes no podrán revelarse a
terceras personas, ni por el Órgano Ejecutivo ni por el concesionario mientras estén en efecto los
ajustes correspondientes.
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