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Artículo 258

Codigo de Recursos Minerales

Las solicitudes para la aprobación de diferencias en la fijación de precios y el otorgamiento de lo solicitado serán consideradas como secretas y los documentos pertinentes no podrán revelarse a terceras personas, ni por el Órgano Ejecutivo ni por el concesionario mientras estén en efecto los ajustes correspondientes.

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