Artículo 219
Codigo de Recursos Minerales
Las decisiones del Órgano Ejecutivo con respecto al recibo de las regalías en especie deberán tomarse
con anterioridad de por lo menos sesenta (60) días al período fiscal correspondiente y estarán en vigor
durante la totalidad de dicho período.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →