Artículo 150
Codigo de Recursos Minerales
Toda solicitud u oferta deberá contener la siguiente información:
1. Un encabezamiento que explique en términos generales la naturaleza de la solicitud u oferta y que
indique el símbolo de identificación pertinente a los asuntos tratados en la solicitud u oferta, en caso de
que se haya asignado un símbolo anteriormente.
2. El nombre de la persona que presente la solicitud u oferta y la siguiente información:
a) En el caso de una persona natural, el número de la cédula de identidad personal, estado civil,
nacionalidad, domicilio y dirección en la República donde recibirá notificaciones y citaciones; o
b) En el caso de una persona jurídica, el nombre legal y completo de la sociedad, el domicilio, el
nombre y dirección de su representante legal o apoderado en la República y la dirección, en la
República, en donde recibirá notificaciones y citaciones.
3. La naturaleza y el alcance de las facultades que se procuran o de las exenciones que se solicitan.
4. Las descripciones de las superficies o zonas que se requieran.
5. Identificación clara de las referencias a cualquier solicitud que se haya sometido previamente sobre
el mismo asunto o a cualquier documento presentado anteriormente en relación con la solicitud u oferta
que sea apropiado o útil para llegar a un completo entendimiento que conduzca a una decisión acertada.
6. Una declaración de las razones por las cuales sería conveniente acceder a lo solicitado.
7. Un recibo o una copia autenticada de éste, que ponga de manifiesto el pago de cualquier derecho o
fianza de garantía requerida con relación a la solicitud u oferta.
8. Cualesquiera otros asuntos que se requieran de conformidad con este Código.
Capítulo II
Declaraciones de Autenticidad
y Número de Copias
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