CAPÍTULO I
Artículo 117
Codigo Procesal Penal
Suspensión del plazo.
Se suspenderá el plazo de la prescripción de la acción penal, en los siguientes casos:
Mientras dure el trámite de la extradición.
Por la rebeldía del imputado.
Artículo modificado por laLey 35 de 23 de mayo de 2013, Gaceta 27295 de 27 de mayo de 2013.
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