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Sección 3.8 Documentos Privados Artículo 473. Autenticidad del documento privado. El documento privado es auténtico en los sigu

Artículo 636

Codigo Procesal Civil

Interdicto de adquisición de la posesión. El interdicto de adquisición de la posesión estará sujeto a lo siguiente: 1. El demandante deberá aportar título idóneo para adquirir la posesión o acreditar que le asiste un derecho de usufructo, uso o habitación. 2. El demandado o un tercero no debe tener título de dueño o de usufructuario o poseer los bienes que constituyan el objeto del interdicto. Si otra persona también tiene título o posee el bien, la cuestión deberá sustanciarse mediante proceso sumario. 3. Si la pretensión es contra quien ejerce la tenencia de la cosa, la demanda deberá ser dirigida contra el tenedor del bien. 4. Promovido el interdicto, el juez examinará el título y requerirá los informes pedidos por las partes acerca de las condiciones de dominio y gravámenes del bien. Si 10 encuentra suficiente otorgará la posesión, sin peIjuicio de mejor derecho.

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