Sección 1ª
Artículo 80
Codigo Judicial de Panama
El Secretario General, el Subsecretario General y el Administrativo, serán
nombrados por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia y prestarán servicios al Pleno, a la
Sala de Negocios Generales y al Consejo Judicial.
Los secretarios y demás personal de las distintas Salas de la Corte serán nombrados
por los magistrados de la respectiva Sala.
El personal subalterno inmediatamente adscrito a cada magistrado será nombrado
por éste y será de su libre nombramiento y remoción.
El resto del personal de la Corte será nombrado por la Sala de Negocios Generales.
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