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Sección 1ª

Artículo 80

Codigo Judicial de Panama

El Secretario General, el Subsecretario General y el Administrativo, serán nombrados por el Pleno de la Corte Suprema de Justicia y prestarán servicios al Pleno, a la Sala de Negocios Generales y al Consejo Judicial. Los secretarios y demás personal de las distintas Salas de la Corte serán nombrados por los magistrados de la respectiva Sala. El personal subalterno inmediatamente adscrito a cada magistrado será nombrado por éste y será de su libre nombramiento y remoción. El resto del personal de la Corte será nombrado por la Sala de Negocios Generales.

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