Sección III
Artículo 340
Codigo Fiscal
Las disposiciones de este Capítulo se hacen extensivas a las aeronaves, en lo que sean
aplicables.
La Ley, o en su defecto, los reglamentos que dicte el Órgano Ejecutivo, determinarán las
disposiciones de este Capítulo que no sean aplicables a las aeronaves y dictarán las
especiales que deban suplirlas.
Capítulo V
Archivos Nacionales
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