Sección 10ª, del Capítulo I, Título XIV del Libro Segundo, del Procedimiento Civil, del
Artículo 1255
Codigo Fiscal
El hecho punible deberá constatarse mediante una o más de las siguientes pruebas: la
confesión libre del inculpado, declaraciones de testigos, documentos, informes oficiales,
dictámenes periciales e inspección ocular.
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