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Sección 10ª, del Capítulo I, Título XIV del Libro Segundo, del Procedimiento Civil, del

Artículo 1255

Codigo Fiscal

El hecho punible deberá constatarse mediante una o más de las siguientes pruebas: la confesión libre del inculpado, declaraciones de testigos, documentos, informes oficiales, dictámenes periciales e inspección ocular.

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