Sección 10ª, del Capítulo I, Título XIV del Libro Segundo, del Procedimiento Civil, del
Artículo 1256
Codigo Fiscal
El original de toda correspondencia que se reciba debe adherirse al expediente
respectivo. Las copias que se expidan de los archivos oficiales para agregarse al
expediente, deben estar autenticadas. De todo oficio que se expida, se dejará copia en el
expediente.
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