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TÍTULO I

Artículo 24

Codigo Electoral

A cada partido político legalmente constituido, se le entregará, oportunamente y en forma gratuita, un ejemplar impreso del Padrón Electoral Preliminar, así como tres grabaciones para uso en computadoras, conteniendo el Padrón dividido en circunscripciones electorales e indicando el centro de votación en que debe votar cada elector. A petición de cada partido que sufrague el costo correspondiente, se le entregarán con prontitud, los ejemplares adicionales y las copias de la correspondiente grabación para uso en computadora.

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