TÍTULO I
Artículo 24
Codigo Electoral
A cada partido político legalmente constituido, se le entregará, oportunamente y en forma gratuita, un
ejemplar impreso del Padrón Electoral Preliminar, así como tres grabaciones para uso en computadoras, conteniendo el
Padrón dividido en circunscripciones electorales e indicando el centro de votación en que debe votar cada elector.
A petición de cada partido que sufrague el costo correspondiente, se le entregarán con prontitud, los ejemplares
adicionales y las copias de la correspondiente grabación para uso en computadora.
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