CAPÍTULO XIV
Artículo 915
Codigo de Comercio
El billete a la orden contendrá:
1. La denominación del efecto inserta en el texto y expresada en la lengua que se emplee para la redacción del
mismo;
2. La promesa pura y simple de pagar una suma determinada;
3. La indicación del vencimiento;
4. La del lugar en que se ha de efectuar el pago;
5. El nombre de la persona a la orden de la cual debe verificarse el pago;
6. La indicación de la fecha y del lugar en que se firma el documento;
7. La firma del que emite el efecto (suscriptor).
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →