Matlock

CAPÍTULO I

Artículo 1447

Codigo de Comercio

El capitán dirigirá la echazón y mandará arrojar los efectos por el orden siguiente: 1. Los que se hallaren sobre cubierta empezando por los que embaracen la maniobra o perjudiquen el buque, prefiriendo, si es posible, los más pesados y de menos utilidad y valor; 2. Los que estuvieren bajo la cubierta superior, comenzando siempre por los de más peso y menos valor, hasta la cantidad y número que fuese absolutamente indispensable.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.