CAPÍTULO II
Artículo 1042
Codigo de Comercio
La póliza de este seguro, además de las formalidades a que se refiere el Artículo 1016, contendrá los
requisitos siguientes:
1. Las calidades específicas de los efectos asegurados, con expresión del número de bultos y de las marcas que
tuvieren;
2. El tiempo en que el viaje se deberá efectuar y, si fuere preciso, la fecha de recibo y entrega de la cosa asegurada;
3. Si el viaje se hace sin interrupción y el camino que debe seguirse;
4. El nombre del porteador o batelero que se encargue de la conducción;
5. La indicación de los puntos en donde deben ser recibidos y entregados los objetos transportados;
6. La carta de porte.
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