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CAPÍTULO II

Artículo 1042

Codigo de Comercio

La póliza de este seguro, además de las formalidades a que se refiere el Artículo 1016, contendrá los requisitos siguientes: 1. Las calidades específicas de los efectos asegurados, con expresión del número de bultos y de las marcas que tuvieren; 2. El tiempo en que el viaje se deberá efectuar y, si fuere preciso, la fecha de recibo y entrega de la cosa asegurada; 3. Si el viaje se hace sin interrupción y el camino que debe seguirse; 4. El nombre del porteador o batelero que se encargue de la conducción; 5. La indicación de los puntos en donde deben ser recibidos y entregados los objetos transportados; 6. La carta de porte.

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