Sección IV
Artículo 80
Codigo Agrario
Los beneficiarios de una parcela adquirida a título gratuito podrán solicitar posteriormente la adquisición de extensiones adicionales de tierra
a título oneroso siempre que demuestren ante la Comisión de Reforma Agraria que la parcela adquirida a título gratuito está cumpliendo su
función social.
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