Sección IV
Artículo 81
Codigo Agrario
La Comisión de Reforma Agraria dará preferencia especial en la adjudicación de parcelas a las solicitudes formuladas por cooperativas o
agrupaciones de peritos agropecuarios, agrónomos u otros profesionales agrícolas, para la explotación combinada de áreas de tierra
apropiada para las labores agropecuarias.
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