Sección II
Artículo 391
Codigo Agrario
La Comisión de Reforma Agraria organizará la preparación y compilación de un balance nacional de la producción y de las necesidades
efectivas y reales de consumo actuales y futuros, basados sobre datos estadísticos de la Contraloría General de la República, a fin de
planificar la producción sobre la base del consumo, teniendo en cuenta la orientación de los mercados.
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