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Sección II

Artículo 392

Codigo Agrario

La Comisión de Reforma Agraria realizará estudios sobre la tendencia de desarrollo de la demanda, formulando programas sobre los cultivos y sobre las crías, en estrecha dependencia con la orientación de la política económica del Estado y las exigencias de los mercados nacionales y extranjeros procurando el aumento de la exportación de productos agrícolas y pecuarios.

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