Sección II
Artículo 392
Codigo Agrario
La Comisión de Reforma Agraria realizará estudios sobre la tendencia de desarrollo de la demanda, formulando programas sobre los cultivos
y sobre las crías, en estrecha dependencia con la orientación de la política económica del Estado y las exigencias de los mercados nacionales
y extranjeros procurando el aumento de la exportación de productos agrícolas y pecuarios.
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