Sección IV
Artículo 176
Codigo Agrario
La Comisión de Reforma Agraria promoverá el cumplimiento de la función social de la tierra mediante su adjudicación en Patrimonio Familiar,
a favor de los agricultores y campesinos pobres.
¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?
Pregúntale a Matlock →