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CAPÍTULO I.-

Artículo 900

Codigo Administrativo

Los empleados de Policía tienen el deber de esforzarse en descubrir las tramas, maquinaciones y conciertos que se formen contra la integridad y la seguridad nacionales; de impedir y perseguir las que se formen por cualquier medio conducente al fin criminoso; y aprehender a los culpables y entregarlos a la autoridad competente para su juzgamiento. Artículo citado en: 3 sentencias

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