Matlock

CAPÍTULO II.-

Artículo 1499

Codigo Administrativo

Toda persona que tenga conocimiento de algunas de las siguientes enfermedades contagiosas: viruela, cólera, fiebre amarilla, tifo, varicela, peste, disentería, difteria, lepra, crup y beriberi, deberá dar aviso al Médico Oficial directamente o al Alcalde, Corregidor, Regidor o Agente de Policía, quienes inmediatamente deberán avisarlo a aquel empleado para que tome las medidas que sean del caso.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.