Matlock

CAPÍTULO I.-

Artículo 1401

Codigo Administrativo

Los dueños o administradores de casas o edificios particulares, de cualquiera clase, están obligados a reparar los techos y paredes, a blanquear o pintar éstas y a pintar los balcones, puertas y ventanas exteriores durante el mes de Mayo de cada año. Asimismo, los dueños o tenedores de edificios en ruina o de solares sin edificar, están obligados a limpiarlos oportunamente de la vegetación silvestre que nazca en ellos o de cualquiera otra maleza o materia que desasee el lugar.

¿Tienes una duda concreta sobre este artículo?

Pregúntale a Matlock →
¿Prefieres que te lo lean o resuman? Prueba DocuVoice, nuestro lector de documentos con IA.