CAPÍTULO VI
Artículo 64
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
Los vehículos destinados al transporte público de pasajeros llevarán adheridos en su
carrocería cintas reflectivas, cuyas especificaciones técnicas y ubicación serán definidas por la
Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre
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