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CAPÍTULO II

Artículo 233

Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025

El escrito de sustentación de la apelación deberá ser presentado ante la autoridad de primera instancia dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación de la providencia que admite el recurso de apelación. Vencido el término del apelante, le corresponderá a la parte opositora dentro del mismo término de días presentar su escrito de oposición, el cual podrá hacer en su propio nombre o a través de apoderado judicial. CAPÍTULO III DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO

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