CAPÍTULO II
Artículo 233
Reglamento de Transito y Transporte Terrestre 2025
El escrito de sustentación de la apelación deberá ser presentado ante la autoridad de
primera instancia dentro de los cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación de la
providencia que admite el recurso de apelación. Vencido el término del apelante, le corresponderá a
la parte opositora dentro del mismo término de días presentar su escrito de oposición, el cual podrá
hacer en su propio nombre o a través de apoderado judicial.
CAPÍTULO III
DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO
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