CAPÍTULO V
Artículo 36
Ley 81 de 2019 (Proteccion de Datos Personales)
La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información, a través de la Dirección creada para conocer esta materia, está facultada para sancionar a la persona natural o jurídica responsable del tratamiento de los datos personales, así como al custodio de la base de datos.
La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información fijará los montos de las sanciones aplicables a las respectivas faltas, que se establecerán desde mil balboas (B/. 1,000.00) hasta diez mil balboas (B/.10,000.00).
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